¿En qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los aprendices identifiquen
sus faltas?
DE LA REPRESENTACIÓN
DE LOS APRENDICES
ARTÍCULO 37. Representación de
aprendices. La representación es un ejercicio democrático, avalado por la
decisión libre de la mayoría de votos de los aprendices, en virtud del cual un
Aprendiz es elegido como representante ante la Dirección General del SENA, la
Regional o el Centro de Formación; implica un compromiso con los Aprendices que
representa, con la Institución y en general con la comunidad educativa. Para
postularse y ejercer como representante, el Aprendiz no puede tener llamados de
atención escritos, condicionamiento de matrícula, ni haber sido sancionado con
cancelación de matrícula
en
procesos de formación
ARTÍCULO 41
c.
Motivar a la comunidad educativa para participar en eventos curriculares y
complementarios, culturales, deportivos, tecnológicos, investigativos, de
integración, sistema de liderazgo, que propicien el crecimiento personal y
profesional de los Aprendices
l. Facilitar la
solución de diferencias o conflictos que llegasen a surgir entre los
integrantes de
la
comunidad educativa SENA.
m. Velar por el cumplimiento de este Reglamento
¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados?
DESARROLLO
DE LA ETAPA PRODUCTIVA.
PARÁGRAFO 3: El SENA
evaluará periódicamente las diferentes alternativas de etapa productiva como
parte del seguimiento y la evaluación permanente en el marco del mejoramiento
continuo, y como estrategia de aseguramiento de la calidad de la formación
profesional integral.
ARTÍCULO
13°.
Registro de la Etapa productiva. Es responsabilidad del aprendiz gestionar oportunamente
su registro en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices para poder optar por
un contrato de aprendizaje; El Aprendiz es responsable de actualizar
permanentemente los datos que registre en este sistema, verificar que
correspondan a los registrados en el sistema para la gestión de la formación y
consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que
reportan los empresarios. Cuando el Aprendiz opta por otra alternativa
diferente al contrato de aprendizaje, ésta debe ser aprobada previamente por el
Coordinador Académico del programa del respectivo Centro de Formación y la
información deberá registrarse inmediata y directamente en el sistema para la
gestión de la formación.
ARTÍCULO
14.
Seguimiento y evaluación de la etapa productiva. El seguimiento a la etapa
productiva es obligatorio y se realizará de manera virtual y presencial. El
Aprendiz elaborará una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades
adelantadas en desarrollo de su etapa productiva en cualesquiera de las
alternativas, para que el Instructor asignado como responsable pueda hacer
seguimiento de acuerdo a los indicadores establecidos en el procedimiento de
ejecución de la formación, garantizando una interacción continua entre el
aprendiz y el instructor; esta actividad se debe complementar con visitas o
comunicación directa que realice el instructor.
ARTÍCULO
16.Registro
Académico. El registro académico es el procedimiento que protocoliza
las acciones académicas y disciplinarias del
Aprendiz SENA y actualiza su historial académico
durante el proceso de formación.
DEBERES
DEL APRENDIZ SENA
PARÁGRAFO
1.
Además de los deberes enunciados, el Aprendiz en formación con modalidad
virtual y a distancia considerará
c. Ingresar a la plataforma virtual, debidamente
identificado con el respectivo código de acceso,
personal e intransferible. El Usuario y la
Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad,
para el acceso a la plataforma virtual son de
uso personal exclusivo, por lo tanto no debe transferirse
a otras personas. El mal uso de esta
información es de su competencia directa y asumirá
por ello las responsabilidades
correspondientes.
¿Están obligados lo aprendices a participar en
la visita técnica?
ARTÍCULO 9°. Se entiende por deber, la
obligación legal, social y moral que compromete a la
persona a cumplir con determinada actuación,
asumiendo con responsabilidad todos sus actos,
para propiciar la armonía, el respeto, la
integración, el bienestar común, la sana convivencia, el
servicio a los demás, la seguridad de las
personas y de los bienes de la institución.
Son deberes del aprendiz SENA durante el
proceso de ejecución de la formación,
1. Cumplir con todas las actividades propias
de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento,
definidas durante su etapa lectiva y
productiva.
4. Participar en las actividades
complementarias o de profundización, relacionadas con el
programa de formación, con el fin de
gestionar su proceso de aprendizaje.
9. Asumir con responsabilidad su
participación en las actividades programadas como salidas,
pasantías técnicas, intercambios de
aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las
demás de carácter lúdico – pedagógico
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